Descripción
El SUF se define como el beneficio equivalente a la Asignación Familiar en su primer tramo, para personas de escasos recursos, que no pueden acceder al beneficio del DFL Nº 150, de 1982, por no ser trabajadores dependientes afiliados a un sistema previsional. Los SUF, se reajustan anualmente, en el 100% de la variación experimentada por el IPC y su monto corresponde a $ 6.500 a contar del 1º de Julio del 2009.
¿A quienes está dirigido?
- Para las siguientes personas se puede solicitar el beneficio:
- Los menores hasta los 18 años de edad y los inválidos de cualquier edad, que vivan a expensas del beneficiario
- Las madres de menores que vivan a sus expensas, por los cuales perciban SUF.
- La mujer embarazada.
- Los deficientes mentales a que se refiere la Ley N º 18.600, de cualquier edad, que no sean beneficiarios de Subsidio de Discapacidad mental.
- Inválidos de cualquier edad.
¿Quiénes son los beneficiarios?
Las personas que pueden solicitar el beneficio son:
- La madre del niño/a y, en su defecto, el padre, los guardadores o personas que lo hayan tomado a su cargo.
- Las personas naturales que tengan a su cargo discapacitados mentales.
Requisitos
- Tener un puntaje menor o igual a 11.734 puntos en la FPS. Esto implica pertenecer al 40 % de la población más vulnerable.
- No estar en situación de proveer por si sólo o en unión del grupo familiar, a la mantención y crianza del causante por el cual se solicita el beneficio.
Lugar y horario de atención:
Lunes a viernes de 08:30 hrs. a 14:00 hrs.
Ilustre Municipalidad de Penco, O’Higgins Nº 500, Dirección de Desarrollo Comunitario, primer piso.
Teléfonos:
2261429 – 2261431 – 2261432




