Permiso de edificación (Obra nueva)

DOCUMENTOS QUE SE DEBEN PRESENTAR

  • Completar solicitud de edificacion. Puede ser retirado en Dirección de Obras del Municipio o descargarlo AQUÍ.
  • Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto proyectista
  • Lista de todos los documentos y planos numerados que conforman el expediente, firmada por el arquitecto proyectista
  • Declaración simple del propietario de ser titular del dominio del predio.
  • Las disposiciones especiales a que se acoge el proyecto, en su caso.
  • Los profesionales competentes que intervienen en el proyecto
  • Si el proyecto consulta, en todo o parte, edificios de uso publico
  • Si cuenta con informe favorable de un revisor independiente y la individualización de este.
  • Si cuenta con anteproyecto aprobado y vigente que haya servido de base para el desarrollo del proyecto, acompañando fotocopia de la resolución de aprobación
  • Fotocopia de certificado de informaciones previas vigente o bien del que sirvió de base para desarrollar el anteproyecto vigente y de la plancheta catastral si ésta hubiere sido proporcionada
  • Formulario único de estadísticas de edificación
  • Informe de revisor independiente, cuando corresponda, o del arquitecto proyectista, bajo declaración jurada, en los casos de permisos de construcción de un proyecto referido a una sola vivienda o a una o más viviendas progresivas o infraestructuras sanitarias.
  • Certificado de factibilidad de dación de servicios de agua potable y alcantarillado, emitido por la empresa de servicios sanitarios correspondiente, De no existir empresa de servicios sanitarios en el área se deberá presentar un proyecto de agua potable y alcantarillado, aprobado por la autoridad respectiva.

DE LOS PLANOS

Los planos de arquitectura numerados, deben contener:

  • Ubicación del predio. señalando su posición relativa respecto de los terrenos colindantes y espacios de uso público. Esta información gráfica podrá consultarse dentro del plano de emplazamiento.
  • Emplazamiento de él o los edificios, en que aparezca su silueta en su partes más salientes, debidamente acotada y con indicación de sus distancias hacia los deslindes respectivos o entre edificios, si correspondiera, incluyendo los puntos de aplicación de rasantes y sus cotas con relación al nivel de suelo natural. En este plano se indicarán, además, los accesos peatonales y vehiculares desde la vía pública.
  • Planta de todos los pisos, debidamente acotadas, señalando los accesos especiales para personas con discapacidad y él o los destinos contemplados.
  • Cortes y elevaciones que ilustren los puntos más salientes de la edificación, sus pisos y niveles interiores, la línea de suelo natural y la rectificada del proyecto, las rasantes en sus puntos más críticos con indicación de sus cotas de nivel, salvo que se ilustren en plano anexo, sus distanciamientos y la altura de la edificación, En caso que haya diferencias de nivel con el terreno vecino o con el espacio público, se indicarán las cotas de éstos y el punte de aplicación de las rasantes. Si se tratare de edificación continua, se acotará la altura de ésta, sobre la cual se aplicarán las rasantes respectivas a la edificación aislada que se permita sobre ella. Los cortes incluirán las escaleras y ascensores si los hubiere, las cotas verticales principales y la altura libre bajo las vigas.
  • Planta de cubiertas.
  • Plano de superficies, indicando las superficies parciales necesarias según el tipo de proyecto.
  • Plano comparativo de sombras, en caso de acogerse al artículo 2.6.11. de la presente Ordenanza.
  • Planos de estructura, acompañados de los cálculos de estabilidad de la construcción cuando corresponda, de acuerdo a lo señalado en el artículo 5.1.7. de la presente Ordenanza.
  • Especificaciones técnicas de las partidas contempladas en el proyecto, especialmente las que se refieran al cumplimiento de normas contra incendio o estándares previstos en esta Ordenanza.
  • Levantamiento topográfico, debidamente acotado, con indicación de niveles, suscrito por un profesional o técnico competente y refrendando por el arquitecto proyectista, salvo que dicha información esté incorporada en las plantas de arquitectura.
  • Estudio de Ascensores, cuando corresponda. Los niveles y superficies de las plantas, cortes y elevaciones se empleará la escala 1:50. Si la planta del edificio tiene la longitud mayor de 50 m. dicha escala podrá ser 1:1000. En caso justificado se admitirán planos a otra escala.

REVISIÓN DEL PERMISO DE EDIFICACIÓN

Una vez reunidos todos los antecedentes anteriormente solicitados, debe ser ingresado en esta Dirección para su revisión por parte del Arquitecto Revisor, si cumple con todos los requisitos exigidos, pasa al Director de Obras de Municipales, para proceder a realizar el Cálculo Municipal, si el proyecto presenta observaciones, debe ser retirado por el propietario, para que las subsane y vuelva a reingresar.

DERECHO MUNICIPAL

Para la cancelación de los Derechos Municipales, deberá concurrir a este Departamento, para solicitar el pago, de los derechos municipales, además deberá cancelar un impuesto municipal, y certificado de Edificación, donde se le entregara un comprobante de ingreso, el cual deberá cancelarlo en Caja 1er. Piso.

ENTREGA DEL PERMISO

Se le entregará al interesado el Certificado de Aprobación de Edificación, Plano con sus respectivas Estampillas. Especificaciones Técnicas y Memoria de Cálculo del Proyecto.